- Notificarán a dueños de propiedades con criaderos. Primera instancia es municipal. Ante la renuencia, se suma la SEAM y, por último, la Fiscalía, con sanción penal.
- Sanciones contempladas por la Ley de Delitos Ambientales: de 6 a 18 meses de cárcel y de 100 hasta 200 jornales mínimos a quienes que se nieguen a cooperar.
- Medidas apuntan a que todos/as colaboren en la lucha contra el #Dengue y el #Chikungunya y así evitar epidemias por estos virus.
Según lo detallado por el Fiscal del Medio Ambiente, Jorge Sosa, en el marco de la cooperación interinstitucional en la lucha contra el Dengue y el Chikungunya, se trabaja coordinadamente entre municipalidades, Ministerio de Salud, SEAM y Fiscalía del Medio Ambiente.
En ese sentido, subrayó que, aunque la voluntad no es sancionar a los propietarios de inmuebles, se llegará a esta instancia en el caso de que los mismos no colaboren con la limpieza de sus predios, que es su obligación.
El proceso inicia con la notificación por parte de las municipalidades a los dueños de baldíos y otros predios que propicien la proliferación de mosquitos, con un emplazamiento.
Las sanciones son en diferentes niveles. Están las de tipo administrativo, aplicadas por municipios. “Éstos deben identificar los lugares y propietarios de los inmuebles y notificarlos. En ese caso, los municipios dictarán las primeras sanciones”, detalló.
En segundo lugar, están las sanciones dictadas por la SEAM. En su Resolución Nº 79/2015 exige a todos los propietarios de baldíos que, a partir de hoy, empiecen a realizar la limpieza de sus propiedades. “Aquellos que incumplan serán notificados, tanto por la municipalidad como por la SEAM, y si igual no cumplen, también serán sancionados con multas por parte de la SEAM”, agregó Sosa.
En el último eslabón de la cadena, se encuentra el Ministerio Público, cuando hubiere reticencia y renuencia en un grado reincidente y en una situación que amerite (disposición de residuos que pudiera afectar gravemente la salud y el ambiente u otra situación). “Ahí se aplicará la sanción penal, contemplada en el artículo 10, inciso C, de la Ley 716 de Delitos Ambientales, que sanciona de 6 a 18 meses de penitenciaría y de 100 hasta 200 jornales mínimos a aquellas personas que se nieguen a cooperar en hacer cumplir las normas ambientales”, señaló.
Hoy, SEAM y Fiscalía recorrerán municipios de Central
A partir de este jueves, harán un recorrido por todos los municipios, tanto la SEAM como el Ministerio Público, para exigir a los representantes de estas instituciones a que tomen conciencia de hacer cumplir esta obligación, según lo señalado por el Fiscal Jorge Sosa. La Resolución Nº 79 de la SEAM obliga a los municipios a hacer esta tarea de identificación y notificación a los propietarios de estos inmuebles, de inmediato.
“Si el mismo municipio no es capaz de identificar los vertederos clandestinos, hay una responsabilidad por omisión por parte de los intendentes de hacer cumplir esta tarea. Se verá en cada caso su grado de responsabilidad en el la ley penal. Los municipios también tienen la responsabilidad de hacer las tareas de recolección, existen días para ello y también ahí tiene que haber una ayuda de la ciudadanía en sacar en los días en que pasa el recolector, no sacarlas todos los días ni, en caso de lluvias, tirarlas a los raudales. Es una tarea que nos obliga a concienciarnos todos”, finalizó.