- Establecido por Decreto Presidencial Nº 864/2013.
Mediante Decreto Nº 864, rubricado el 5 de diciembre de 2013, la Presidencia de la República del Paraguay declara que el tercer domingo de diciembre de cada año se conmemorará el “Día Nacional de Lucha contra la Fibrosis Quística”, como un medio para contribuir a la reducción de la morbimortalidad infantil y a mejorar la calidad de vida de las personas afectadas.
La Fibrosis Quística es una patología genética que afecta a uno de cada 2000 a 2500 recién nacidos.
Autoridades sanitarias pretenden en esta fecha conmemorativa, impulsar la detección precoz de esta enfermedad por medio de la pesquisa neonatal que es realizado a través del Programa de Prevención de la Fibrosis Quística y del Retardo Mental, dependiente del Ministerio de Salud.
Aducen que esto permitirá a las personas afectadas y sus familias llevar una mejor calidad de vida, no solo por la integración a su comodidad (familia, escuela, trabajo e inclusión social), sino por el tratamiento brindado a través del mencionado Programa.
Antecedentes
La Ley Nº 2138/2003 crea el Programa de Prevención de la Fibrosis Quística y del Retardo Mental. En su artículo 1º establece que “El objeto de esta ley es prevenir las enfermedades denominadas fibrosis quística y retardo mental producido por el hipotiroidismo congénito y la fenilcetonuria y sus consecuencias en los recién nacidos en todos los centros públicos y privados de atención a la salud del Paraguay”.
Que el Decreto Nº 2126, del 13 de abril de 2004, en el artículo 1º dispone: incorporar a la Dirección General de Programas de Salud del MSPyBS y el Programa de Fibrosis Quística y del Retardo Mental producido por el hipotiroidismo congénito y de fenilcetonuria, e implementar la obligatoriedad del diagnóstico y tratamiento precoz de estas enfermedades en todos los recién nacidos del país, en el marco del Programa Nacional de Prevención del Retardo Mental creado por Ley Nº 2138/2003.