- Sancionan Ley Nº 5.482, que crea dicho Programa, a cargo de la cartera sanitaria.
- Otorgará apoyo al Sistema de Salud Pública, bajo los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y calidad.
- “Telesalud” es el conjunto de actividades relacionadas con la salud, servicios y métodos, que se realizan a distancia con ayuda de tecnologías de la información y telecomunicaciones. Incluye telemedicina y teleeducación en salud.
La Ley Nº 5.482 crea el Programa Nacional de Telesalud, que estará a cargo del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y tiene como objetivo otorgar apoyo al Sistema de Salud Pública, bajo los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, calidad y los principios básicos contemplados.
Telesalud es el conjunto de actividades relacionadas con la salud, servicios y métodos, los cuales se llevan a cabo a distancia con la ayuda de las tecnologías de la información y telecomunicaciones. Incluye Telemedicina y Teleeducación en salud.
Telemedicina es la provisión de servicios de salud a distancia en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de la información y la telecomunicación, que les permiten intercambiar datos con el propósito0 de facilitar el acceso y la oportunidad en la prestación personalizada de servicios de salud.
La Teleeducación en salud es la utilización de las tecnologías de la información y telecomunicación para la práctica educativa de salud a distancia.
Son los principios generales de la Telesalud la eficiencia, la universalidad, la solidaridad, la integralidad, la unidad y la participación. Así mismo, constituye uno de los primeros de la misma la calidad de la atención de salud, entendida como la provisión de servicios de salud a los usuarios individuales y colectivos de manera accesible y equitativa, a través de un nivel profesional óptimo, teniendo en cuenta el balance entre beneficios, riesgos y costos, con el propósito de lograr la adhesión y satisfacción de dichos usuarios.
Además, se crea el Comité Asesor de la Telesalud , como organismo asesor del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para el desarrollo de los programas de Telesalud en el país. El mismo estará conformado por:
- Un representante del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
- Un representante de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).
- Un representante de la Secretaría Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación (SENATICs).
- Un representante de la Universidad Nacional de Asunción (UNA).
- Contará con invitados permanentes de asociaciones científicas, universidades y centros de investigación.
La reglamentación del Programa estará a cargo de la cartera sanitaria, y estará basada en los siguientes objetivos:
- Promover el desarrollo de la Telesalud en Paraguay, apuntando a la aplicación de las ciencias y las tecnologías, desarrollando la Teleeducación en salud y Telemedicina.
- Promover la educación e incentivar la investigación en el área de Telesalud.
- Gestionar actividades educativas y de difusión informativa sobre el Programa de Telesalud y sus ventajas a todos los sectores de la sociedad paraguaya.