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Mar 16

Jubilación obligatoria: Interesados deben realizar gestiones de forma personalizada

  • En la Sección de Jubilación de la Dirección de Relaciones Laborales-D.G.RR.HH.

 

jubilacion obligatoria

La Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social informa a los funcionarios que para la jubilación obligatoria a partir de los 65 años de edad conforme a la Ley N° 4252/10 que modifica los artículos 3°,9° y 10° de la Ley 2345/03, y circular D.G.RR.HH. N° 015/2014 se requieren los siguientes documentos:

 

  • ·         4 (cuatro) Fotocopias de cedula de identidad, 1(uno) autenticado por escribanía.
  • ·         1 (una) Foto tipo carnet 2×3.
  • ·         Certificado de Antecedentes Judiciales, expedido por el Poder Judicial.  (Actualizado).
  • ·         En caso de ser Enfermero/a  o personal de servicios generales de áreas hospitalarias; adjuntar una CONSTANCIA de que ha cumplido dicha función.

La atención a los interesados en la gestión para la jubilación se realiza de forma personalizada, a fin de tener en cuenta la particularidad de cada caso para un asesoramiento correspondiente.

 

Los funcionarios deberán presentar las documentaciones mencionadas en la Sección de Jubilación (Dirección de Relaciones Laborales – D.G.RR.HH.) de manera a evitar inconvenientes para la inclusión en planilla de sueldo como jubilado.

 

Para más consultas comunicarse a los teléfonos: 021- 204770 –  021-204601/3 int. 257 con la Lic.  Zoraida Ruíz Díaz, Dirly González, Ana Carolina Echeverría o Cirila González de 07:00 a 17:00 hs.