- En la Sección de Jubilación de la Dirección de Relaciones Laborales-D.G.RR.HH.
La Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social informa a los funcionarios que para la jubilación obligatoria a partir de los 65 años de edad conforme a la Ley N° 4252/10 que modifica los artículos 3°,9° y 10° de la Ley 2345/03, y circular D.G.RR.HH. N° 015/2014 se requieren los siguientes documentos:
- · 4 (cuatro) Fotocopias de cedula de identidad, 1(uno) autenticado por escribanía.
- · 1 (una) Foto tipo carnet 2×3.
- · Certificado de Antecedentes Judiciales, expedido por el Poder Judicial. (Actualizado).
- · En caso de ser Enfermero/a o personal de servicios generales de áreas hospitalarias; adjuntar una CONSTANCIA de que ha cumplido dicha función.
La atención a los interesados en la gestión para la jubilación se realiza de forma personalizada, a fin de tener en cuenta la particularidad de cada caso para un asesoramiento correspondiente.
Los funcionarios deberán presentar las documentaciones mencionadas en la Sección de Jubilación (Dirección de Relaciones Laborales – D.G.RR.HH.) de manera a evitar inconvenientes para la inclusión en planilla de sueldo como jubilado.
Para más consultas comunicarse a los teléfonos: 021- 204770 – 021-204601/3 int. 257 con la Lic. Zoraida Ruíz Díaz, Dirly González, Ana Carolina Echeverría o Cirila González de 07:00 a 17:00 hs.