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Jun 20

MSP y Clínicas establecen alianza para potenciar asistencia médica

  • Hospital de Clínicas pondrá a disposición de los pacientes del MSP, su capacidad instalada, incluidos los servicios de urgencia, de acuerdo con la disponibilidad.
  • La cartera sanitaria proveerá: medicamentos, insumos, reactivos y descartables requeridos para la atención de pacientes, acorde al nivel de atención y complejidad del hospital de Clínicas, según disponibilidad.

IMG_8020Esta mañana, en la sede del Ministerio de Salud Pública (MSP) fue celebrado el Acuerdo de Cooperación Interinstitucional entre la cartera sanitaria y la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Asunción para brindar atención conjunta a pacientes que concurran a sus servicios de salud.

El documento fue rubricado por el Dr. Antonio Barrios Fernández, en representación del MSP y por el Prof. Dr. Laurentino Barrios Mónges, decano de la Facultad de Medicina – UNA.

El titular de Salud Pública declaró que mediante esta articulación interinstitucional se busca crear un nuevo modelo de trabajo con oportunidades y equidad para mejor calidad de vida para todos los paraguayos. “Es la mayor garantía de éxito de los compromisos asumidos en el acuerdo que hoy firmamos”, sostuvo.

“Con la firma de este acuerdo haremos un gran esfuerzo para fortalecer nuestros servicios de salud, desde el nivel primario y así mismo preservar nuestro capital humano, que es sin duda la mayor riqueza para lograr el progreso y el desarrollo nacional”, dijo.

Antonio Barrios señaló que como prestadores de servicios de salud proveer a la ciudadanía paraguaya de un sistema con la más alta calidad, es una obligación que se tiene con el país.

En el marco de este convenio, el hospital de Clínicas pondrá a disposición de los pacientes de la Red de Servicios del MSP, su capacidad instalada (infraestructura, equipos de diagnóstico, laboratorio de alta tecnología, recursos humanos, medicamentos, insumos y reactivos), incluidos los servicios de urgencia, de acuerdo con la disponibilidad.

En los casos de urgencia debidamente justificados, en los que el MSP deba suministrar a los pacientes medicamentos, insumos, reactivos y/o descartables, sin existencia en el mismo, estos serán provistos par el hospital de Clínicas, conforme a la solicitud y visto bueno de la máxima autoridad de la institución solicitante y el abastecimiento de los depósitos según disponibilidad y viceversa.

El MSP podrá requerir camas de internación (urgencias, internados, terapia intensiva y medios auxiliares de diagnóstico), a través de la Dirección de Desarrollo de Servicios y Redes de Salud y el Servicio de Emergencias Médica Extrahospitalaria (SEME), dependientes del MSP.

La cartera sanitaria proveerá de medicamentos, insumos, reactivos y descartables requeridos para la atención de pacientes, acorde al nivel de atención y complejidad del hospital de Clínicas y a la existencia y/o disponibilidad en los parques sanitarios.

El presente acuerdo entrará en vigor desde la fecha y tendrá una duración de un año, pudiendo ser renovado de común acuerdo.