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Ene 03

Persisten las células en las muestras de agua tratadas en San Bernardino

  • Agua se puede utilizar para higiene personal, pero es recomendable no ingerirla.
  • Habilitación de playas para uso recreativo es competencia de los municipios.
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Ing. Gustavo González (I), jefe de laboratorio y el Ing. Luis Leguizamón (D), titular de DIGESA

El reporte de Cianobacterias y Cianotoxinas en el  agua tratada de ESSAP en  San Bernardino, desde el mes de agosto hasta el 27 diciembre 2013, indica que se siguen detectando células que atraviesan el sistema de filtración por lo que se mantienen las restricciones de uso.

En el marco del “Programa de Vigilancia de Calidad de Agua Potable y Recreativa”, los resultados de los muestreos realizados al Lago Ypacaraí, específicamente en los puntos Playa Rotonda (226.295 cel/ml) y Muelle San Blas de San Bernardino (254.169 cel/ml), ambos puntos arrojan más de 200.000 cel/ml, superando los valores establecidos en las guías de la OMS referidos a cianobacterias en aguas recreativas.

El Ing. Luis Leguizamón, director general de DIGESA, indicó que este organismo dependiente del Ministerio de Salud se encuentra en constante vigilancia sobre la calidad del agua. “Incluimos a la planta de tratamiento de la ESSAP en dos puntos: la salida de la planta, dentro del establecimiento y la segunda de un grifo de la plaza central de San Bernardino. En ambos puntos se encontraron células de cianobacterias y toxinas del tipo saxitoxina, por debajo de los límites permitidos”, explicó.

En la primera muestra realizada en fecha 27 de diciembre de 2013 y correspondiente a la salida de la planta de tratamiento de ESSAP, arrojó un índice de 1.185 cel/ml. Mientras que la segunda muestra extraída de un grifo público de la plaza General Bernardino Caballero (en la misma fecha), dio como resultado 1.490 cel/ml.

Los resultados anteriores en estos sitios giraban en torno a los 1.037 cel/ml y 696 cel/ml respectivamente en cada lugar, según reporte de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA).

“La recomendación es que no se utilice el agua de la ESSAP para el consumo y tampoco para elaboración de alimentos; que no se hierva, que no se utilice para limpieza de verduras, frutas en general. No se tiene que ingerir, una persona se puede bañar pero no se debe ingerir”, resaltó el Ing. Leguizamón

A su turno, el Ing. Gustavo González, director de laboratorio de DIGESA, sostuvo que actualmente están en estudio unos diez tipos de cianobacterias, de las cuales existen tres toxinas predominantes: la saxitoxina (toxina predominante en el informe del 27/12/2013), la microsistina y la cylindrospermopsina.

Estas pueden causar problemas hepato-tóxicas y neuro-tóxicas, por lo que se solicita a la población que no consuma el agua de la ESSAP, hasta declarar la potabilidad del agua.

Por otro lado, el Ing. Leguizamón aclaró que la habilitación de las playas y balnearios es de competencia de los municipios, que deben exigir para el efecto la licencia ambiental y el resultado del análisis de la calidad del agua.

DIGESA, en el marco de la vigilancia del agua, efectúa controles de las aguas de playas, arroyos y balnearios a fin de determinar si reúnen los parámetros permitidos para su uso recreativo.