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Mar 26

Salud Pública cumple en forma pedidos de informes del legislativo  

  • Cada nota, parecer o pedido de informe pasa por un análisis de  componente técnico.
  • Varios de los informes solicitados aún están a tiempo de ser presentados.

fachadaEl poder legislativo cumple un rol fundamental en la elaboración de leyes, que son de vital importancia para el normal desarrollo de la sociedad, más aún respecto a temas tan trascendentales como la salud pública.

Es por ello que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social responde en forma, todos los pedidos de “pareceres, informes y cuestiones técnicas”, que son de vital colaboración para la correcta elaboración de legislaciones con sustento acorde al funcionamiento de temas trasversales a la salud.

“El Ministerio de Salud siempre ha respondido a todas las notas y solicitudes de informe que han llegado del Congreso Nacional. Intentamos hacerlo dentro del plazo establecido en las notas remitidas”, dijo el Abog. Jorge Britez, Jefe de Gabinete del Ministro de Salud.

Indicó que existen algunos pedidos que no pueden ser tomados con ligereza, pero cuentan con plazos exiguos para su presentación, que van de 24 a 48 horas. “Proyectos de gran envergadura como la Ley que despenaliza el aborto y la eutanasia o la Ley del tabaco, se deben estudiar puntillosamente. Tenemos una gran cantidad de pedidos y generalmente son respondidos y otros que tenemos plazos hasta finales de marzo o principios de abril, para remitirlos”, dijo Britez.

A modo de ejemplo, la Nota 1.213/15 que pide informes con respecto a la tasa de mortalidad infantil, tiene vencimiento de plazo para el 1 de abril; Nota 05/15 referente al proyecto de ley que regula actividades relacionadas al tabaco, establece medidas sanitarias de protección a la población frente al tabaquismo y su régimen tributario, tiene plazo de presentación hasta el 30 de marzo de 2015.

Asimismo está pendiente de presentación, plazo al 30 de marzo, el parecer de la cartera sanitaria con respecto a la modificación y ampliación de la Ley 4.959/13 para la prevención y tratamiento de trastornos de la alimentación y sus efectos dañinos a la salud.

“Para cuestiones tan complejas tenemos que tener el respaldo de todas nuestras dependencias. Por ejemplo, si hay leyes que modifican cuestiones administrativas, debemos contar con el parecer de la dirección administrativa y financiera y debe estar validada por la Dirección de Asesoría Jurídica”, concluyó.

Cabe recordar que se encuentra en vigencia la Ley 5.189/2014, de transparencia, que estipula la “Obligatoriedad de la provisión de informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay”. Esto obliga al Ministerio a dar curso a todas las notas o pedidos de informes que son solicitados a la cartera sanitaria.