«

»

Nov 05

Universidades deben cumplir disposición sobre uso de campos de práctica

  • Recuerdan que no se pueden ingresar alumnos a otro centro, que no sea el asignado.
  • Se aplicarán las sanciones correspondientes a quienes incumplan con esta normativa.

El Ministerioministro-123 de Salud Pública y Bienestar Social recuerda la existencia de un convenio marco con las instituciones formadoras de profesional de la salud en materia de regulación de las actividades docentes – asistenciales realizadas en los servicios dependientes del ministerio, y de actualización de los contenidos de los programas relacionados con las políticas públicas.

Este convenio marco es el documento legal que rige todas las actividades de docencia en los campos de práctica del ministerio. Por lo tanto, solo los alumnos de las sede de aquellas instituciones que tienen convenio vigente pueden ingresar en los campos de práctica de los servicios dependientes del ministerio.

Se realiza la presente comunicación para evitar irregularidades en el usufructo de los campos de práctica del ministerio y en ese sentido, se debe prestar especial atención a que el convenio coincida con las sede de la institución.

La cartera sanitaria enfatiza en que queda prohibido el ingreso de alumnos de las instituciones formadores y sus respectivas sedes que no cuenten con convenio vigente con el Ministerio.

Los directores y coordinadores así como los jefes de departamentos y áreas de servicios son responsables directos del control de ingreso de los practicantes de pregrado en los campos de práctica, como así también de todo lo estipulado en el convenio marco.

DOC DOC000 DOC001 DOC002