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Ene 10

Recomendaciones para el uso de aguas recreativas

aguasrecreativas

Ante el inicio de la época veraniega que promueve la afluencia masiva de personas a sitios de recreación como: balnearios, piletas, lagos, arroyos o ríos para el baño y deportes acuáticos, el Ministerio de Salud Pública recomienda que:

Antes de ingresar a las aguas recreativas

1- Verifique las características del agua. Esta debe ser transparente y debe estar libre de materias flotantes y espuma y no debe existir suciedad en el fondo de la pileta.

2- Vigilar en todo momento a los/as niños/as. Los menores de edad, aunque sepan nadar, deben estar siempre acompañados/as de adultos y estar supervisados de forma activa y constante.

3- Las personas que no saben nadar, (niños/as o adultos) deben utilizar chaleco salvavidas, mientras estén dentro del agua o cerca de ella.

4- Evitar ingresar al agua después de comer o tras consumir alcohol.

5- Para evitar accidentes:

  • Nunca se tire de cabeza en lagos, arroyos o ríos que no conoce, pueden producir graves accidentes.
  • Solo zambullirse en las zonas habilitadas y que estén claramente señalizadas para tirarse al agua.
  • Nunca arrojarse al agua desde un lugar alto como un árbol, el borde de un acantilado o un puente.

6- Proteja a los/as niños/as de sol: Utilizar protectores solares y evitar la exposición al sol a niños/as menores de 6 meses.

7- Mantener la hidratación adecuada, con agua segura.

8- Limitar el tiempo de exposición al sol o al calor.

A tener en cuenta:

  • Todos los balnearios tanto municipales como de propiedad privada deben ajustarse a las reglas de la Ordenanza Municipal que regula la habilitación de los mismos, sobre todo en lo referente a la licencia ambiental expedida por la Secretaría del Ambiente (SEAM).
  • Los balnearios y locales con piletas de acceso público deben poseer una infraestructura adecuada, contar con personal de seguridad, salvavidas y estar en condiciones de prestar servicio de primeros auxilios.
  • Los sitios habilitados para el baño deben estar designados con boyas y sogas de marcación que estén permanentemente supervisadas por un salvavidas.
  • Los locales que cuentan con piletas de acceso público deben tener marcas indicadoras de profundidad en los costados de la pileta, claramente visibles. Debe existir una franja reservada para la circulación de los bañistas, de material impermeable, antideslizante, sin desniveles. Se recomienda la habilitación de un libro de registro de la piscina en donde se consignen las mediciones de la concentración de cloro en el agua.
  • Contar con carteles indicativos de la prohibición de consumo de alimentos o bebidas, incluyendo bebidas alcohólicas en la franja reservada para la circulación de los bañistas o dentro de las piletas. Los sanitarios, camarines y duchas deben estar en buen estado de funcionamiento y aseo.